Soy Fernando Tomás Rogel Gómez, Colegiado Nº 4770 del Colegio de Arquitectos de Alicante (C.O.A.A.). Con una simple llamada telefónica podrás encargar tu Proyecto de accesibilidad de forma sencilla, tendrás un trato cercano y de calidad, contando con mi asesoramiento y experiencia profesional (más de 20 años en la arquitectura y urbanismo).
Ver detalle dirección de estudio al final de la página.
La arquitectura para discapacitados, como concreción de las necesidades de accesibilidad en la edificación, para hacer una arquitectura más accesible, perfectamente reglamentado en la normativa estatal y autonómica, tanto dentro del propio Código Técnico en su apartado CTE-SUA, como en las mismas normativas de Habitabilidad de cada Comunidad Autónoma,
- Normativa de Habitabilidad de vivienda en la Comuidad Autónoma Valenciana: (Disposiciones del Decreto 151/2009 de 2 de Octubre del Consell con el que se aprueban las Exigencias de Diseño y Calidad en Edificios de Viviendas y Alojamientos en referencia con las Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana, o construcciones anteriores mediante el Texto Refundido HD/91 de 22 de Abril, de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes) que entraron en vigor el 23 de Septiembre de 1989 y el 22 de Mayo de 1991 respectivamente, referente a la Vivienda existente (Capítulo 1) y Decreto 286/1997 de 25 de Noviembre del Gobierno Valenciano).
- Normativa de Habitabilidad de vivienda en la Comuidad Autónoma Murciana: (LEY 5/1995, de 7 de abril, de Condiciones de Habitabilidad en edificios de Viviendas y Promocion de la accesibilidad general. BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0131, 2 de Junio de 1995).
Arquitectura para discapacitados, es hacer una arquitectura accesible, que conlleva la resolución de las necesidades de accesibilidad, en obras y proyectos de edificación, eliminando barreras arquitectónicas, sobre edificaciones existentes o de nueva obra. Ésto conlleva a menudo dificultades, principalmente de carácter espacial, que impiden plasmar de forma directa las directrices de la normativa vigente, precisando dar soluciones alternativas equivalentes, interpretando las detrminaciones de las normativas: rampas para minusválidos tanto interiores en zaguanes de edificios , como exteriores en la urbanización exterior; ascensores exteriores, en patios de luces o en huecos de escaleras comuitarias; supresión de barreras arquitectónicas como, señalización, barandillas…. Todo ello enfocado a hacer una arquitectura más accesible y actual, es decir, arquitectura para discapacitados.
Toso ello nos lleva a analizar las exigencias normativas estatales en el ámbito de la accesibilidad, y ahondando nos lleva a cumplimientos exigencias límite:
“ La Ley 26/2011 de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (artículo uno, trece), que establece que los edificios existentes deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad antes del 2017 en todo lo que sea susceptible de “ajustes razonables”, así como la posibilidad de “soluciones alternativas” que establece el propio Código Técnico de la Edificación (artículo 5, punto 5.1.3. de la Parte I del CTE) vienen a reforzar la necesidad de que los profesionales ejerciten esta capacidad de “proyectar para la accesibilidad” con soluciones que vayan más allá de la mera trasposición de las determinaciones normativas establecidas”.
¡¡ LLAMA AHORA MISMO !!
Arquitecto: Fernando Tomás Rogel Gómez.
Dirección:. Obispo Rocamora 16, entºf, CP- 03300 Orihuela (Alicante)
Teléfono(s) : oficina: 96 674 43 44, o al móvil: 619 30 73 30